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En el marco de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, la Superintendencia de Sujetos No Financieros (SSNF) de Panamá ha implementado el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUBF). Este registro es un instrumento clave para garantizar la transparencia en la operación de empresas y entidades financieras, y para prevenir la utilización de estructuras financieras para ocultar la verdadera identidad de los beneficiarios de operaciones financieras.

¿Qué es el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUBF)?

Mediante Ley 129 de 2020 (Gaceta Oficial 29503-A) se creó en Panamá el Sistema y Privado Único de Beneficiarios Finales de Personas Jurídicas. Este sistema tiene como principal objetivo facilitar el acceso a la información sobre los beneficiarios finales de las personas jurídicas representadas por los Agentes Residentes en Panamá, en la lucha contra el blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

Esta Ley defines algunos conceptos clave para comprender su alcance:

Como hemos mencionado anteriormente se busca que aquellos abogados que presten servicio como agente residente faciliten información:

Agente Residente

Es un abogado con idoneidad expedida por la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá, o una firma de abogados designada por una persona jurídica constituida o registrada bajo las leyes de la República de Panamá. Este agente o firma de abogados tiene la responsabilidad de ejercer las facultades y cumplir con las obligaciones que la legislación panameña exige a quienes prestan este servicio.

Esta información debe ponerse a disposición de las autoridades nacionales que podrán solicitar una actualización periódica o información adicional de manera discrecional cuando la persona jurídica lo requiera:

Autoridad Competente

La autoridad competente, según la descripción proporcionada, incluye varias entidades gubernamentales de Panamá que tienen competencia en materia de prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y sus delitos precedentes. Estas entidades son:

  1. Superintendencia de Sujetos No Financieros: Supervisa y regula a las entidades no financieras para prevenir actividades ilícitas como el blanqueo de capitales.
  2. Unidad de Análisis Financiero: Especializada en la prevención del blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo, esta unidad analiza y procesa información relacionada con posibles actividades ilícitas financieras.
  3. Ministerio Público (Procuraduría General de la Nación): Encargado de la investigación y persecución de delitos, incluidos los relacionados con blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo.
  4. Ministerio de Economía y Finanzas, y la Dirección General de Ingresos dentro del mismo: Estas entidades gestionan y supervisan aspectos económicos y fiscales, incluyendo la implementación de medidas contra el blanqueo de capitales.
  5. Cualquier otra institución o dependencia del Gobierno Nacional a la que se le atribuya competencia en estas áreas.

Beneficiario Final

El Beneficiario Final es la persona de la cual se esta solicitando la información, en cuyo caso existen diferentes criterios para evaluar y responder a la autoridad competente quien a juicio del agente residente se considera el verdadero beneficiario de la actividad de una persona jurídica:

El concepto de «beneficiario final» se refiere a la persona o personas naturales que, en última instancia, poseen o controlan una entidad o cuentan con la capacidad de influir significativamente en las decisiones de una empresa o transacción. Este término es especialmente relevante en contextos legales, financieros y de cumplimiento normativo, como en la prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo. El beneficiario final puede ser aquel que:

  1. Posee una participación significativa: Esto se refiere generalmente a alguien que posee más de un cierto porcentaje del capital o de los derechos de voto de una empresa, comúnmente un 25% o más.
  2. Controla la entidad: Incluye a las personas que pueden influir en las decisiones clave de la empresa, incluso si no tienen una gran participación accionaria. Esto puede incluir a directores, gerentes o incluso a personas que tienen acuerdos contractuales que les dan control sobre la entidad.
  3. Beneficiarios de transacciones: Personas para las cuales se realiza una transacción específica, como la transferencia de fondos o la adjudicación de un contrato.

La transparencia en la identificación de estos beneficiarios ayuda a evitar el anonimato que puede facilitar el lavado de dinero y otras formas de corrupción financiera.

Objetivos del Registro Único de Beneficiarios Finales

El objetivo principal del RUBF es garantizar que las empresas y entidades financieras operen de manera transparente y que no se utilicen para ocultar la verdadera identidad de los beneficiarios de operaciones financieras. Esto ayuda a prevenir el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, y la evasión fiscal. Además, el RUBF también busca:

  1. Mejorar la cooperación internacional: Al proporcionar información detallada sobre los beneficiarios finales, Panamá puede colaborar más efectivamente con otras jurisdicciones para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
  2. Incrementar la confianza en la economía panameña: Al ser más transparente sobre quiénes están detrás de las empresas y entidades financieras, el RUBF ayuda a fomentar la confianza en la economía panameña y a atraer inversiones legítimas.
  3. Reducir la complejidad en la gestión de empresas: Al tener un registro único y actualizado de beneficiarios finales, las empresas y entidades financieras pueden gestionar sus operaciones de manera más eficiente y reducir la complejidad en la gestión de sus estructuras financieras.

Información básica requerida por el Registro Único de Beneficiarios Finales

Para registrar sus beneficiarios finales, las empresas y entidades financieras deben proporcionar información detallada sobre cada beneficiario, incluyendo:

  1. Nombre y dirección: El nombre y dirección de cada beneficiario.
  2. Nacionalidad y número de identificación: La nacionalidad y número de identificación (si lo tiene) de cada beneficiario.
  3. Interés en la empresa: La naturaleza y el porcentaje de interés que cada beneficiario tiene en la empresa o entidad financiera.
  4. Beneficiario final: El mismo debe ser determinado de acuerdo a los criterios establecidos en la Ley.

Las empresas y entidades financieras deben actualizar periódicamente su registro de beneficiarios finales para asegurarse de que la información sea precisa y actualizada.